Cátedra B

Derechos Reales

Docentes

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Guillermo R. Gapel Redcozub
Titular
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Gisela G. Ocampo
J.T.P.
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Diego A. Bértoli
J.T.P.
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Francisco R. Ramirez Castañeda
J.T.P.
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Carolina Atanasoff Cristosoff
Profesora Libre

fundamentación

El dictado de esta asignatura pone el acento en la enseñanza de las normas específicas que regulan el régimen general de los derechos reales y los institutos centrales de la materia (dominio y posesión). 

Se busca formar un abogado capaz de “encontrar el derecho”, de identificar la norma aplicable al caso presentado por un cliente, un administrado o un justiciable, profundizando el desarrollo de las habilidades de razonamiento y  argumentación, pensamiento pragmático y de resolución de problemas de manera flexible y generalizable. Se apunta a que el alumno comprenda al Derecho como un sistema de principios y normas  que tiende o aspira a ser coherente y unificado, aunque revista indeterminaciones y contradicciones. Para ello la cátedra se propone que el alumno logre realizar procesos de razonamiento desde lo particular (casos) hacia lo general (reglas y principios) y viceversa, y que agudice su pensamiento crítico acerca de la justicia y la eficiencia de las normas estudiadas. 

El diseño del programa establece puentes entre sus contenidos y los de otras asignaturas del derecho civil, del  derecho constitucional, del derecho administrativo y del derecho procesal civil. En el curso del estudio de esta materia se recurrirá con frecuencia a institutos propios de la parte general del derecho civil, el derecho de obligaciones, los tipos contractuales que originan, modifican y extinguen relaciones y derechos reales. En el dictado del contenido referido al derecho de propiedad se prestará particular importancia a la normativa constitucional y su interpretación jurisprudencial; en materia de restricciones y límites al derecho real se tendrá en cuenta la regulación administrativa más significativa, con especial interés en el  instituto de la expropiación; tanto para la enseñanza de los mecanismos de defensa de las relaciones de poder y de los derechos reales, así como para la adquisición del dominio por usucapión, serán indispensables las referencias al derecho procesal civil. 

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