Cátedra B

Derecho Político

Docentes

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Nahuel Pellerano
Adjunto
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Albana V. Rotela Cañete
Adjunta
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Armando R. Aquino Britos
Adjunto
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Andrés R. O. Salvador
J.T.P.
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Matías Aquino Viudes
J.T.P.
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Ernesto Reinerio Balbuena
J.T.P.

fundamentación

La expresión Derecho Político deriva de la traducción que originalmente se hizo de la denominación francesa y alemana. Mario J. López cita al teólogo Domingo de soto como el primero que utiliza la expresión “Ius Politicum” en su obra “De Iustitia et Iure”, donde se refería al Derecho de la Comunidad Política  (Derecho Natural, Civil y de Gentes). Aún reconociendo esta autoridad la difusión del concepto de Derecho Político obedece a la circulación en español de la obra “El contrato Social, o Principios de Derecho Político” de J. J. Rousseau.

En la Argentina, por primera vez con la impresión del “Contrato Social o Principios de Derecho Político” de Rousseau. Alberdi utilizó la expresión aunque sin precisar un concepto uniforme. La influencia de Adolfo Posadas, como gran Profesor del Derecho Político en España determinó que se recogiera la denominación del Estado, a cuyo cargo estuvo Mariano de Veda y Mitre. Con el tiempo la discusión se extendió no solamente a la denominación de la materia que se ha reconocido regularmente como Derecho Político por la versión española, Teoría del Estado por el ascendiente del pensamiento alemán, y Ciencia Política por influjos de la Sociologías americanas y francesas. Además del debate expresión en la actualidad también influyen diversas posiciones en consideración al contenido de la asignatura en los planes de estudios de las Facultades de Derecho del país, independientemente de cómo se llame la enseñanza de “lo político” actualmente.

Esto no impide el desarrollo de un conjunto de saberes, entre ellos el de la política que comienza a validarse como científico en la medida de que su estudio se convierte en sistemático y se introduce en los espacios académicos, a la par que los teóricos más relevantes tratan de asimilar y eliminar las diferencias entre ciencias naturales y sociales proponiendo que estas últimas procuren elaborar leyes de igual forma que las primeras.

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