



La asignatura “Derecho Procesal Civil y Comercial” corresponde al Departamento de Derecho Procesal, es de carácter obligatorio y se cursa en el cuarto año de la carrera de Abogacía en el “Ciclo jurídico de práctica profesional”.
A partir del estudio del conflicto social, que impone la visión moderna del derecho Procesal ─ampliando la tesis tradicional, focalizada en la actividad jurisdiccional─ se analizan los medios alternativos de resolución de disputas, como herramientas para facilitar la tarea de los operadores jurídicos, descongestionando la actividad judicial, a fin de restablecer la paz social cuando es alterada por la inobservancia del sistema normativo.
Como lógico subsistema, se enseña la “teoría general del proceso”, examinando sus tres pilares básicos: la Jurisdicción como función pública procesal, con sus alcances y a la competencia como medida de su ejercicio; el derecho de acción en sus diferentes aspectos (naturaleza jurídica, caracteres y elementos); y el proceso, analizando sus características y recaudos, así como la organización del poder judicial, tanto federal como de las provincias del N.E.A., el desempeño de los sujetos procesales y los requisitos de los actos procesales.
La necesidad de reconocer la especificidad del Derecho Procesal en materia civil y comercial, nos condiciona al abordaje del proceso de conocimiento en su trámite ordinario, como un continuo de actos procesales llevados a cabo por sus sujetos primarios y secundarios, atravesando sus distintas etapas: las alegaciones, la prueba y su conclusión, con la sentencia de primera instancia; para seguidamente incursionar en la “Teoría de la Impugnación”, analizando los distintos recursos que pueden interponer los justiciables, profundizando en el desarrollo de las estrategias cognitivas para identificar los yerros en las resoluciones judiciales y la argumentación lógica-jurídica con entidad para modificarlas en instancias posteriores del mismo proceso judicial.
Además, para hacer efectiva la “tutela judicial efectiva” incluye el tratamiento de los procesos urgentes, que comprende no solamente las medidas cautelares clásicas, a fin de evitar perjuicios durante la tramitación de los expedientes, sino también la tramitación de tutelas anticipatorias y las medidas autosatisfactivas, como las continuas novedades que este ámbito del Derecho procesal produce en orden a brindar herramientas eficaces para la protección de los derechos individuales y colectivos, con arreglo a las previsiones del nuevo “Código civil y comercial” y a la luz del bloque de constitucionalidad conformado por los tratados internacionales (art. 75, inc. 22) de la Constitución Nacional.